A partir del 14/12/23 la Resolución General 988/23 de la CNV flexibilizó ciertas restricciones para realizar operaciones de venta de títulos valores de la siguiente manera:
- el plazo mínimo de tenencia (parking) se redujo a un día hábil para:
- Venta con liquidación en moneda extranjera, en cualquier jurisdicción y cualquiera sea su ley de emisión (Dólar Cable o Dólar MEP).
- Transferencia de valores adquiridos contra Pesos a entidades depositarias del exterior o su aplicación a la liquidación de operaciones en moneda extranjera, cualquiera sea su ley de emisión.
- Aplicación de VN acreditados en el Agente Depositario Central de Valores Negociables (ADCVN), provenientes de entidades depositarias del exterior a la liquidación de operaciones en moneda extranjera, en cualquier jurisdicción y cualquiera sea la ley de emisión de los mismos.
- Se elimina el régimen informativo semanal para Agentes de Liquidación y Compensación (“ALyC”) fiscalizados por la CNV, de todas las operaciones concertadas en mercados del exterior (tanto propias como por instrucciones de terceros).
- Se derogan las restricciones a clientes no inversores calificados para concertar operaciones de venta de VN de renta fija denominados y pagaderos en USD emitidos por Argentina, con liquidación en moneda extranjera en el segmento de concurrencia de ofertas con prioridad precio tiempo (PPT).