El 11/6/21 el BCRA dictó la Comunicación “A” 7305 que dispone que, a partir del 1/7/21, para que las entidades financieras acrediten en la cuenta de depósito abierta a nombre del proveedor o comercio adherido el importe de cada venta realizada en un pago utilizando tarjetas de crédito o compra que hubieran emitido, el plazo máximo será de:
por Hernán D. Camarero y Eduardo Bellocq
- 8 días hábiles si revisten la condición de micro o pequeña empresa y/o son personas humanas;
- 10 días hábiles para aquellos categorizados como medianas empresas y aquellos cuya actividad sea servicios de alojamiento, turismo, gastronomía y/o salud, no comprendidos en el punto anterior.; y
- 18 días hábiles para los demás casos.
Estos plazos se contarán desde la fecha de realización del correspondiente consumo por parte del titular o beneficiario de la tarjeta.
Las entidades financieras no podrán cargar a los comercios adheridos interés ni comisión vinculado a los plazos de liquidación señalados. Tampoco deberán impedir ni dificultar de ninguna manera la modalidad de consumo en un pago con esas tarjetas.
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