El 23 de agosto se publicó en el Boletín Oficial la Resolución 902/2021 de la Comisión Nacional de Valores, por medio de la cual se modifica la reglamentación del régimen para la negociación de cheques de pago diferido y pagarés.
Cheques de pago diferido
La Resolución dispone incluir que los Mercados podrán reglamentar que los Agentes negocien cheques de libradores que no cumplieran con la totalidad de los aspectos resultantes del análisis de riesgo, siempre y cuando:
- Los compradores hubieran sido notificados de tal situación
- Los compradores revistieran la calidad de inversores calificados
- Los instrumentos se negociaren en un segmento especial debidamente diferenciado.
Pagarés
La Resolución dispone modificar los requisitos de los Pagarés negociados en mercados secundarios de la siguiente forma:
- Reduciendo el monto mínimo de pagarés negociados de $100.000 a $5.000
- En el supuesto de pagarés negociados en moneda extranjera cuyo tipo de cambio no hubiera sido indicado, se aplicará la cotización de tipo de cambio vendedor del Banco de la Nación Argentina al cierre del día anterior al vencimiento de cada cuota o al del pagaré.
- Establecer un plazo mínimo de 15 días para los pagarés cuyo vencimiento opere en fecha cierta.
Asimismo, se negociarán los pagarés emitidos a favor de un tercero siempre y cuando se endosen indicando que se entregan para su negociación en Mercados registrados en la CNV.
La Resolución presenta como precedente la Resolución General 888/2021 mediante la cual se sometió a consideración de los sectores interesados y de la ciudadanía en general, conforme el procedimiento de "Elaboración Participativa de Normas"
La Resolución entrará en vigencia el 24 de agosto de 2021.