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NUEVO RÉGIMEN INFORMATIVO PARA PROVEEDORES DE SERVICIOS DE PAGOS 💳📑

El 28/8/25 la Comunicación “A” 8309 del BCRA estableció que los proveedores de servicios (“PSP”) deberán cumplir con un nuevo requerimiento informativo a partir del 31/12/25 📅.

by Hernán D. Camarero, Eduardo Bellocq and Tomás Cárrega

En tal sentido, los PSP deberán:

📊 Presentar sus estados contables anuales, con el informe del auditor externo y la certificación del consejo profesional, hasta el cuarto mes posterior al cierre de su ejercicio económico, cualquiera sea la fecha de cierre.

📝 Informar las novedades o cambios en la descripción operativa y comercial de cada función del PSP, con una ratificación anual cada 31 de diciembre. La primera presentación anual vence el 22/1/26.

📌Por último, los PSP ya inscriptos deberán presentar, antes del 10/10/25, la información de su último balance anual auditado, si ya cerraron su primer ejercicio económico.

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