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BCRA: nuevas DDJJ sobre operaciones con titulos valores

El 19/5/23 la Comunicación “A” 7772 del BCRA volvió a modificar las DDJJ que las personas jurídicas deben suscribir para realizar egresos por el mercado de cambios (“MLC”).

by Hernán D. Camarero, Eduardo Bellocq and Tomás Cárrega

  1. Los clientes podrán acceder al MLC sin informar controlantes directos y empresas del grupo económico, con una DDJJ dejando constancia que, dentro de los 180 días corridos anteriores, no entregaron en Argentina Pesos ni otros activos locales líquidos (“ALL”) a ninguna persona humana o jurídica, salvo aquellos directamente asociados a operaciones habituales en el marco del desarrollo de su actividad.
  2. Los clientes podrán acceder al MLC si presentan una DDJJ informando sus controlantes directos y las empresas que integran el mismo grupo económico (“Empresas del Grupo”), aun si entregaron Pesos o ALL en Argentina dentro de los 180 días corridos anteriores:

a. Si el controlante directo o la Empresa del Grupo que recibieron ALL firman una DDJJ indicando que no realizaron operaciones con títulos valores que restringen el acceso al MLC y que no entregaron Pesos o ALL a sus propios controlantes directos o Empresas del Grupo. Las personas que no recibieron Pesos o ALL no deben firmar DDJJ alguna.

b. Si todos los controlantes directos o Empresas del Grupo:

  • firman una DDJJ indicando que no realizaron operaciones con títulos valores que restringen el acceso al MLC; o
  • firman una DDJJ manifestando que no recibieron en Argentina ALL que provengan de la persona jurídica o de alguno de sus controlantes directos o Empresas del Grupo a los que la persona jurídica les hubiera entregado ALL, salvo por operaciones habituales entre residentes de adquisición de bienes y servicios.
     

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