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Activos financieros no producidos

El 26/10/23 la Comunicación “A” 7873 del BCRA estableció que el contravalor por la enajenación a no residentes de activos no financieros no producidos (“ANFNP”) cobrado por residentes deberá ingresarse en divisas y liquidarse en el mercado libre de cambios (“MLC”) dentro de los 5 días hábiles de la fecha de cobro en el exterior o en Argentina.  Previamente, sólo debían ingresarse y liquidarse en el MLC los cobros en moneda extranjera, dentro del mismo plazo.

by Hernán D. Camarero, Eduardo Bellocq and Tomás Cárrega

Además, se tendrá por cumplida tal obligación, si el contravalor por enajenación de ANFNP ingresado en divisas entre el 27/10/23 y el 17/11/23: a) se ingresa y liquida en el MLC por al menos el 70% del contravalor en divisas, y b) por el resto se concreta una operación de compraventa de valores negociables adquiridos con liquidación en moneda extranjera y vendidos con liquidación en moneda local (“Operación Bursátil”).

El BCRA instrumentará los mecanismos necesarios para que el resultado de dicha liquidación de divisas sea, a opción del cliente:

  • acreditado en una cuenta especial retribuida en función de la evolución del tipo de cambio de referencia de la Comunicación "A" 3500 del BCRA; o
  • aplicado a la suscripción directa de Letras Internas del BCRA en USD liquidables en Pesos por el Tipo de Cambio de Referencia de la Comunicación "A" 3500 (LEDIV)

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