Mediante la Comunicación “A” 7771 del 18/5/23 el BCRA dispuso:
Para realizar pagos anticipados de importaciones de bienes exceptuadas del plazo de la declaración SIRA por el mercado libre de cambios (“MLC”), deben verificarse las siguientes condiciones:
by Hernán D. Camarero, Eduardo Bellocq and Tomás Cárrega
a. Contar con una declaración SIRA en estado “salida” otorgada hasta el 11/5/23; o
b. Contar con una declaración SIRA otorgada a partir del 12/5/23, con un plazo de espera de 0 días corridos.
El pago de servicios de fletes (S02) por el MLC requiere una declaración SIRASE en estado “aprobada”