📜 Mediante el Decreto N° 105/2025, publicado en el Boletín Oficial el 18/02/2025, se modificaron varias disposiciones de la Ley de Obra Pública N° 13.064 🏗, la Ley de Concesión de Obra Pública N° 17.520 🚧 y el Régimen de Contrataciones de la Administración Pública Nacional (Decreto N° 1023/2001) 📑 con el objetivo de unificar los registros existentes para contratar con la Administración Pública Nacional, evitar la multiplicidad de trámites con el mismo objetivo y eliminar barreras de entrada para la contratación pública.
🗂️ El registro deberá ser diseñado, implementado y administrado por la Oficina Nacional de Contrataciones, y a tal fin deberá dictar la reglamentación pertinente. El Poder Ejecutivo ⚖️, entretanto, tiene pendiente establecer las condiciones de habilidad para contratar y las pautas de inelegibilidad que serán aplicables a los contratos de obra pública y concesión de obra pública.
❌ Además, esta norma derogó la Ley N° 22.460 de Servicios de Consultoría, que no había sido reglamentada y cuyo objeto había quedado comprendido en el ámbito de aplicación objetivo del Régimen de Contrataciones de la Administración Pública Nacional (Decreto N° 1023/2001 y reglamentaciones).
📅 El Decreto N° 105/2025 entrará en vigor el 19/02/2025 y será de aplicación a los procedimientos de selección que se autoricen con posterioridad a esa fecha. En el ínterin, y hasta tanto se publiquen las reglamentaciones pendientes, continuarán rigiendo los regímenes de registro y/o inscripción vigentes a la fecha.
📄 La norma completa se encuentra disponible en Boletín Oficial