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Diversidad en contrataciones públicas: implementación de requerimientos relativos a la contratación de personas con discapacidad y de preferencias para empresas que empleen minorías

A través de la Disposición N° 26/2023 de la Oficina Nacional de Contrataciones, se incorporaron a la regulación de los procedimientos de selección para la celebración de contratos administrativos ciertos requerimientos y previsiones vinculados a la diversidad que ya estaban contemplados en otras normas pero que ahora devienen explícitos en este régimen.

by Damián H. Navarro, Mariana Vázquez and María del Pilar Olaso

En primer lugar, deberá incluirse en las ofertas que presenten los particulares que deseen competir en procedimientos de selección de contratistas que tengan por objeto la tercerización de servicios una Declaración Jurada en la cual se manifieste que, de resultar adjudicatario, el oferente se obliga a ocupar a personas con discapacidad, en una proporción no inferior al 4% de la totalidad del personal afectado a la prestación del servicio, en los términos del Decreto N° 312/2010.

Además, se prevé que las Comisiones Evaluadoras, al analizar las ofertas presentadas, deberán:

  1. Intimar a los oferentes a que presenten la Declaración Jurada antes mencionada, cuando corresponda según las particularidades del servicio y aunque el oferente haya manifestado lo contrario;
  2. En caso de empate de ofertas, cuando el procedimiento de selección tenga por objeto la compra de insumos y provisiones, se darán las siguientes preferencias:
    1. Al oferente que tenga en planta mayor porcentaje de personas con discapacidades (Ley Nº 22.431 y Decreto N° 312/2010).
    2. Al oferente que tenga en planta mayor porcentaje de personas travestis, transexuales y transgénero (Ley N° 27.636 y Decreto N° 659/2021).
    3. Al oferente que tenga en planta mayor porcentaje de personas vinculadas al Programa “Puente al Empleo” (Decreto N° 728/2022).

En el caso de que varias de las empresas igualadas se encuentren en condiciones de acceder a las preferencias enumeradas, se aplicará la preferencia al oferente que hubiera acreditado las condiciones para acceder al mayor número de ellas.

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