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La inaplicabilidad del principio solve et repete en la impugnación de multas

La Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos N°27.742 introdujo reformas importantes en la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N°19.549 (LPA). 

Una de las más relevantes fue la eliminación de la exigencia de pago previo de multas para interponer recursos directos. Antes de esta reforma, los regímenes específicos exigían abonar la multa como condición para impugnarla judicialmente. Esto cambió con la incorporación del artículo 25 bis a la LPA, que garantiza el acceso a la justicia sin esa restricción. 

💡 ¿Por qué este cambio es clave? 
Porque las sanciones pecuniarias, a diferencia de las obligaciones tributarias, tienen carácter punitivo y deben permitir el ejercicio del derecho de defensa antes de su ejecución

⚖️ Antes de la reforma, el solve et repete estaba previsto en distintas leyes sectoriales, por ejemplo: 

Ley 17.565 (Farmacias) 
Ley 18.285 (Código Alimentario Nacional) 
Ley 19.511 (Metrología) 
Ley 24.240 (Defensa del Consumidor) 
Ley 25.871 (Migraciones) 
Ley 24.922 (Régimen Federal de Pesca) 
Ley 20.680 (Abastecimiento), ya derogada. 
Ley 22.802 (Lealtad Comercial), ya derogada. 


🧾 Con la Ley de Bases, la exigencia de pago previo establecida en esas normas quedaron modificadas, eliminando así una barrera de acceso a la justicia en materia de sanciones económicas. 

📍 Conclusión 
El nuevo régimen fortalece la garantía del debido proceso, asegurando que ningún ciudadano deba pagar previamente una sanción para poder ejercer su derecho a la revisión judicial. 

 

✍️ El Equipo de Derecho Público de RCTZZ.

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