Mediante la Resolución Normativa 27/2024 ARBA oficializó un nuevo plan de pagos para deudas del Impuesto Inmobiliario –componentes básico y complementario- y a los Automotores -vehículos automotores y embarcaciones deportivas o de recreación-, inclusive las provenientes de planes de pago caducos.
Se podrá adherir a los regímenes de regularización hasta el 15.12.2024, ambos inclusive.
Los beneficios no podrán reducir el capital adeudado.
· Deudas que no se encuentren en discusión administrativa o que se encuentren en procesos de ejecución judicial:
1. Acogimientos hasta el 30.11.2024, inclusive:
a. Un solo pago con una reducción del 30% del monto total del acogimiento
b. En 3 cuotas mensuales, iguales y consecutivas sin interés y con una reducción del 10% del monto total del acogimiento
2. Acogimientos realizados entre el 01.12.2024 y el 15.12.2024, ambos inclusive:
a. Un solo pago con una reducción del 25% del monto total del acogimiento
b. Un anticipo del 5% de la deuda y el saldo en 3 cuotas mensuales, iguales y consecutivas sin reducción y sin interés.
3. Acogimientos realizados entre el 04.11.2024 y el 15.12.2024, ambos inclusive, con un anticipo del 5% de la deuda y el saldo:
a. En 6 y hasta 12 cuotas mensuales, iguales y consecutivas sin reducción. Cada cuota devengará un interés del 1,50% mensual sobre el saldo.
b. En 15 y hasta 24 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, sin reducción. Cada cuota devengará un interés del 2% mensual sobre el saldo.
c. En 27 y hasta 60 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, sin reducción. Cada cuota devengará un interés del 3% mensual sobre el saldo.
· Deudas del año 2024 en discusión administrativa:
1. Acogimientos realizados hasta el 30.11.2024, inclusive:
a. Un solo pago con una reducción del 30% del monto total del acogimiento
b. En 3 cuotas mensuales, iguales y consecutivas sin interés y con una reducción del 10% del monto total del acogimiento
2. Acogimientos realizados entre el 01.12.2024 y el 15.12.2024, ambos inclusive:
a. Un solo pago con una reducción del 25% del monto total del acogimiento
3. Acogimientos realizados entre el 04.11.2024 y el 15.12.2024, ambos inclusive:
a. En 6 y hasta 12 cuotas mensuales, iguales y consecutivas: sin reducción. Cada cuota devengará un interés de financiación del 7 % mensual sobre saldo.
b. En 15 y hasta 24 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, sin reducción. Cada cuota devengará un interés de financiación del 6,50 % mensual sobre saldo.
· Deudas en discusión administrativa vencidas antes del año 2024:
1. Acogimientos realizados entre el 04.11.2024 y el 30.11.2024, ambos inclusive:
a. Un solo pago con una reducción del 30% del monto total del acogimiento
b. En 3 cuotas mensuales, iguales y consecutivas sin interés y con una reducción del 10% del monto total del acogimiento
2. Acogimientos realizados entre el 01.12.2024 y el 15.12.2024, ambos inclusive:
a. Un solo pago con una reducción del 25% del monto total del acogimiento
3. Acogimientos realizados entre el 04.11.2024 y el 15.12.2024, ambos inclusive:
a. En 6 y hasta 12 cuotas mensuales, iguales y consecutivas: sin reducción. Cada cuota devengará un interés de financiación del 1,5 % mensual sobre saldo.
b. En 15 y hasta 24 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, sin reducción. Cada cuota devengará un interés de financiación del 2% mensual sobre saldo.
c. En 27 y hasta 60 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, sin reducción. Cada cuota devengará un interés de financiación del 3% mensual sobre saldo.