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Nuevo plan de pagos de ARBA para Impuesto Inmobiliario y Automotor

Mediante la Resolución Normativa 27/2024 ARBA oficializó un nuevo plan de pagos para deudas del Impuesto Inmobiliario –componentes básico y complementario- y a los Automotores -vehículos automotores y embarcaciones deportivas o de recreación-, inclusive las provenientes de planes de pago caducos.

por Tomás Balzano, Agustina Riggio Nifosi, Mercedes Sarobe y Carolina Sendon

Se podrá adherir a los regímenes de regularización hasta el 15.12.2024, ambos inclusive. 

Los beneficios no podrán reducir el capital adeudado. 

·     Deudas que no se encuentren en discusión administrativa o que se encuentren en procesos de ejecución judicial:

1.      Acogimientos hasta el 30.11.2024, inclusive:

a.      Un solo pago con una reducción del 30% del monto total del acogimiento 

b.      En 3 cuotas mensuales, iguales y consecutivas sin interés y con una reducción del 10% del monto total del acogimiento 

2.      Acogimientos realizados entre el 01.12.2024 y el 15.12.2024, ambos inclusive:

a.      Un solo pago con una reducción del 25% del monto total del acogimiento

b.      Un anticipo del 5% de la deuda y el saldo en 3 cuotas mensuales, iguales y consecutivas sin reducción y sin interés.

3.      Acogimientos realizados entre el 04.11.2024 y el 15.12.2024, ambos inclusive, con un anticipo del 5% de la deuda y el saldo:

a.      En 6 y hasta 12 cuotas mensuales, iguales y consecutivas sin reducción. Cada cuota devengará un interés del 1,50% mensual sobre el saldo.

b.      En 15 y hasta 24 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, sin reducción. Cada cuota devengará un interés del 2% mensual sobre el saldo.

c.      En 27 y hasta 60 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, sin reducción. Cada cuota devengará un interés del 3% mensual sobre el saldo.

 

·      Deudas del año 2024 en discusión administrativa:

1.      Acogimientos realizados hasta el 30.11.2024, inclusive:

a.      Un solo pago con una reducción del 30% del monto total del acogimiento 

b.      En 3 cuotas mensuales, iguales y consecutivas sin interés y con una reducción del 10% del monto total del acogimiento 

2.      Acogimientos realizados entre el 01.12.2024 y el 15.12.2024, ambos inclusive:

a.      Un solo pago con una reducción del 25% del monto total del acogimiento 

3.      Acogimientos realizados entre el 04.11.2024 y el 15.12.2024, ambos inclusive:

a.      En 6 y hasta 12 cuotas mensuales, iguales y consecutivas: sin reducción. Cada cuota devengará un interés de financiación del 7 % mensual sobre saldo.

b.      En 15 y hasta 24 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, sin reducción. Cada cuota devengará un interés de financiación del 6,50 % mensual sobre saldo.

 

·      Deudas en discusión administrativa vencidas antes del año 2024:

1.      Acogimientos realizados entre el 04.11.2024 y el 30.11.2024, ambos inclusive:

a.      Un solo pago con una reducción del 30% del monto total del acogimiento

b.      En 3 cuotas mensuales, iguales y consecutivas sin interés y con una reducción del 10% del monto total del acogimiento

2.      Acogimientos realizados entre el 01.12.2024 y el 15.12.2024, ambos inclusive:

a.      Un solo pago con una reducción del 25% del monto total del acogimiento

3.      Acogimientos realizados entre el 04.11.2024 y el 15.12.2024, ambos inclusive:

a.      En 6 y hasta 12 cuotas mensuales, iguales y consecutivas: sin reducción. Cada cuota devengará un interés de financiación del 1,5 % mensual sobre saldo.

b.      En 15 y hasta 24 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, sin reducción. Cada cuota devengará un interés de financiación del 2% mensual sobre saldo.

c.      En 27 y hasta 60 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, sin reducción. Cada cuota devengará un interés de financiación del 3% mensual sobre saldo. 

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