Insights»Laboral & Seguridad Social

Protocolo de actuación ante bloqueos

Mientras aguardamos la esperada reglamentación de la denominada “Ley Bases”, se ha publicado en el Boletín Oficial una resolución del Ministerio de Seguridad que establece un protocolo de actuación frente a bloqueos (Res. 901/2024).

por María Paola Trigiani

En primer lugar, la norma define “bloqueo”. En ese sentido, establece que se entiende por bloqueo a las maniobras, dispositivos, vallados u obstáculos, de cualquier naturaleza, que impidan, dificulten o amenacen, de forma actual o inminente, el ingreso o egreso de personas, vehículos o mercaderías en un establecimiento productivo o de servicios en cualquier lugar del territorio nacional.

También la resolución crea un mecanismo simple de denuncia ante un bloqueo. Así, se establece que los bloqueos podrán ser denunciados telefónicamente al número 134, por WhatsApp al número (11) 38524561 o por correo electrónico a la dirección: bloqueos@minseg.gob.ar . Recibida dicha denuncia, el Ministerio de Seguridad evaluará su verosimilitud y entidad y, en su caso, pondrá los hechos en conocimiento de las autoridades competentes. Incluso, de corresponder, instruirá a la Secretaría de Seguridad para que efectúe el despliegue de las fuerzas policiales y de seguridad federales más próximas a fin de que hagan cesar el bloqueo y restablezcan el normal ingreso y egreso de personas, vehículos o mercaderías en el establecimiento afectado.

En el mismo orden de ideas, la resolución bajo análisis establece que el Ministerio de Seguridad comunicará de manera inmediata la información que recibiere a la Secretaría de Trabajo y a las personas físicas (humanas) o jurídicas afectadas, a fin de que estos últimos puedan estar en condiciones de despedir con causa a los trabajadores implicados. Esto último, deberá ser analizado a la luz de la reglamentación de la Ley Bases, que aún no ha sido publicada.

Finalmente, más allá de lo explicado en el párrafo anterior, la norma indica que las fuerzas policiales y de seguridad federales recabarán pruebas sobre el desarrollo del bloqueo, que incluirán la identificación de los responsables y participantes, a fin de su inmediata remisión al juzgado penal correspondiente y al Ministerio Público Fiscal.

Seguí nuestras
novedades

Suscribite a nuestro newsletter y recibí todas las noticias legales en tu bandeja de entrada