La Inspección General de Justicia publicó la Resolución General Nº 9/2026, vigente desde el 3 de julio de 2026, mediante la cual introduce cambios relevantes en el régimen de presentación de estados contables de sociedades, asociaciones civiles y fundaciones.
⚠️Principales cambios para sociedades
• Se elimina la presentación preasamblearia para las sociedades comprendidas en el artículo 299 de la Ley General de Sociedades (LGS). En adelante, los estados contables deberán presentarse una única vez, dentro de los 15 días posteriores a la reunión del órgano de gobierno que los apruebe.
• Unifica y simplifica la documentación que deberán presentar tanto las sociedades comprendidas en el artículo 299 como las sociedades anónimas no comprendidas en dicho régimen.
Asociaciones civiles y fundaciones 🏛️
• Adecua el régimen de presentación anual aplicable a asociaciones civiles y fundaciones, reorganizando la documentación exigida para cada tipo de entidad.
• Se mantiene el régimen preasambleario para las asociaciones civiles de Categoría III.
Expedientes en trámite 📂
Las presentaciones anuales de estados contables pendientes de estudio al momento de la entrada en vigencia de la resolución podrán migrarse al nuevo sistema, a opción del presentante y conforme al procedimiento que establezca la IGJ.