A través de la Resolución General N°15/2024 (la "Resolución") de la Inspección General de Justicia ("IGJ"), publicada en el Boletín Oficial el 16/07/2024 (la que entrará en vigencia a partir del 01/11/2024), se aprobaron las "Normas de la Inspección General de Justicia" ("Normas IGJ") que determinan una reforma integral a la normativa vigente en la actualidad, estableciéndose así algunas modificaciones en materia de Fundaciones y Asociaciones Civiles.
Las principales son:
- Se simplifican los procesos de inscripción sobre constitución, funcionamiento, disolución y liquidación de todas las organizaciones civiles.
- Se mantiene la categorización de las Asociaciones y los beneficios establecidos para las entidades de la categoría I.
- Se establece la aceptación de la participación de las Asociaciones Civiles y Fundaciones como accionistas en sociedades anónimas mediante la adquisición a título oneroso, y la transformación de las Asociaciones Civiles en sociedades anónimas, conforme a los art. 346 y 347 del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº70/2023, que modificó el texto de los artículos 30 y 77 de la Ley General de Sociedades Nº19.550.
- Se regula la posibilidad de las entidades civiles de fusionarse, escindirse y transformarse —con las excepciones que pudieran establecerse en cada caso particular por medio de norma o ley especial.
- Se dispone un procedimiento simplificado de cancelación de entidades civiles que no presenten actividad durante un período prolongado y no expresaran una voluntad de perdurar en el desarrollo y desenvolvimiento de su objeto social.
Por último, se unifica dentro de la Resolución la reglamentación existente en resoluciones generales dictadas, en relación a la fiscalización y control de las Asociaciones Civiles y Fundaciones.