Los grandes contribuyentes son, a criterio del fisco nacional, sujetos que, por su volumen de operaciones, ingresos y patrimonio, se estima conveniente disponer un seguimiento especial y personalizado con el objetivo de controlar el cumplimiento formal y/o sustancial de sus obligaciones tributarias. 📊💼
📌 Dichos sujetos dejarán de ser fiscalizados por sus agencias regionales, para comenzar a estar en la órbita de la Subdirección General de Operaciones Impositivas de Grandes Contribuyentes.
✅ Puntos clave:
• La DGI será la encargada de determinar a los Grandes Contribuyentes.
• Los parámetros a tomar en consideración serán: importancia, sector económico, obligaciones activas, DDJJ presentadas, volumen de ventas y/o exportaciones, nivel de empleo, movimientos de fondos, operaciones con divisas, tenencias de bienes, vinculaciones comerciales y/o societarias, capacidad operativa de la unidad a cargo de administrar el segmento, entre otros.
📢 Además, serán incorporados como grandes contribuyentes:
• Los obligados a presentar el “Informe país por país”.
• Los que celebraron una “Determinación Conjunta de Precios de Operaciones Internacionales”.
• Los contribuyentes y responsables que realicen una actividad económica que requiera un seguimiento que permita optimizar los niveles de control y servicios necesarios para sostener el cumplimiento voluntario.
• Los Vehículos de Proyecto Único (VPU) y las personas jurídicas que se hubieran constituido con el único fin de integrar dichos vehículos.
🚀 Una medida clave para fortalecer el control fiscal y mejorar la transparencia en la gestión tributaria.