El día de hoy (1/11/24) se publicó el Decreto 971/2024 a través del cual se reglamenta el silencio positivo en los trámites realizados ante la Administración Pública conforme lo establecido por la Ley N°27.742 (“Ley Bases”). A través del Anexo I de dicho Decreto, expresamente se excluyen los trámites a realizar ante la Agencia de Acceso a la Información Pública (“AAIP”) comprendidos dentro de dicho régimen.
Esto significa que, en la práctica, las actuaciones realizadas ante la AAIP (por ejemplo, las que se realicen en el marco de la Ley N°25.326 de Protección de Datos Personales) requerirán aprobación expresa de dicho organismo, no obteniéndose la aprobación tácita ante la falta de respuestas de la AAIP.