A partir del 1° de marzo de 2026 entrará en vigencia el nuevo esquema de notificaciones dispuesto por el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI) en materia de marcas. El cambio es estrictamente procesal y consolida el sistema de notificaciones electrónicas 💻📩. En este sentido, las vistas, traslados y resoluciones interlocutorias serán notificadas exclusivamente a través de la sede electrónica del INPI, mientras que las resoluciones finales continuarán notificándose mediante su publicación en el Boletín Oficial de Marcas.
Como consecuencia de esta modificación, se elimina el plazo de gracia de 30 días que suspendía el inicio del cómputo de plazos cuando la notificación se efectuaba por Boletín ⏳. A partir de ahora, los plazos comenzarán a correr desde la notificación electrónica 📅.
Esto refuerza la obligación de:
(i) mantener correctamente constituido el domicilio electrónico;
(ii) verificar que los expedientes se encuentren vinculados al usuario interviniente;
(iii) realizar un seguimiento activo y periódico de la sede electrónica 🔎, especialmente para aquellos clientes particulares que no cuenten con representación de un agente marcario o abogado.