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Resolución del Ministerio de Trabajo con Relación al regreso al trabajo de trabajadores con COVID 19 o contactos estrechos

19.01.22

Pablo Calaza - Nicolás Rowinski

En fecha 19 de enero de 2022 fue publicada en el Boletín Oficial la resolución número 27/2022 dictada por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación la cual regula las condiciones para el regreso al trabajo presencial de aquellos empleados que fueron casos confirmados de COVID 19 o que fueron contactos estrechos de casos confirmados de esta enfermedad.

Casos confirmados: Los empleados que tengan un diagnóstico confirmado de COVID 19 sin que haya requerido internación hospitalaria, podrán reincorporarse a la actividad presencial, sin que sea necesario presentar test negativo ni certificado de alta médica, de la siguiente manera:

(i) En casos de empleados confirmados sin vacunación o con esquema incompleto: A los DIEZ (10) días de la fecha de inicio de síntomas o fecha de diagnóstico en casos asintomáticos;

(ii) En casos de empleados confirmados con esquema de vacunación completo (con menos de 5 meses de completado el esquema o aplicada la dosis de refuerzo): A los siete días desde el inicio de síntomas o fecha de diagnóstico en casos asintomáticos. En estos casos se dispone que los primeros 3 días de trabajo deberán extremarse las medidas de cuidado (uso de barbijo, ventilación de ambientes, distanciamiento, etc) y que esos empleados no podrán concurrir a eventos masivos ni reuniones sociales.

Contactos estrechos: Los empleados que hayan sido contactos estrechos asintomáticos de otra persona diagnosticada con COVID 19 positiva, podrán regresar al trabajo presencial de la siguiente manera de la siguiente manera:

(i) En casos donde el trabajador no tiene vacunación o tiene esquema incompleto o con esquema completo, pero con más de 5 meses desde ultima dosis (sin dosis de refuerzo): A los 10 días desde el último contacto con el caso confirmado

(ii) En casos de empleados con esquema de vacunación completo y menos de 5 meses de completado el esquema o que hayan tenido COVID 19 en los últimos 90 días: Los empleados podrá regresar a las actividades presenciales siguiendo recomendaciones de cada jurisdicción. En estos casos se deberán reforzar las medidas de cuidado (uso obligatorio del barbijo y ambientes con ventilación cruzada), monitorear diariamente los síntomas y se sugiere realizar un test diagnostico entre el tercer y quinto día.

(iii) En casos de empleados con esquema de vacunación completo + dosis de refuerzo con mas de 14 días desde la ultima aplicación la norma dispone que pueden volver a actividades laborales presenciales siguiendo recomendaciones de cada jurisdicción. En estos casos se deberán reforzar las medidas de cuidado (uso obligatorio del barbijo y ambientes con ventilación cruzada) y monitorear diariamente los síntomas del empleado.

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