VENCIMIENTO DE LA TASA ANUAL IGJ 2020

06.11.20

Dolores M. Gallo - Ximena Suarez - Juan Ignacio Posse

En el marco de las atribuciones conferidas al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con fecha 3 de noviembre de 2020 se ha publicado en el Boletín Oficial la Resolución 511/2020 mediante la cual se fija el próximo 4 de diciembre de 2020 como fecha de vencimiento para el pago de la tasa IGJ anual por el año 2020 por parte de las sociedades por acciones inscriptas ante la Inspección General de Justicia (“IGJ”).

El monto de la tasa se determinará con relación a la sumatoria del capital social de sus estatutos y de la cuenta ajuste de capital resultante de sus últimos estados contables presentados ante la IGJ con anterioridad al vencimiento de la tasa prevista para este año.

Vencida la fecha establecida, será de aplicación la multa prevista en el artículo 7º de la Decisión Administrativa Nº 46/01, que será una multa equivalente al monto que resulta de aplicar una vez y media la tasa de interés mensual que utiliza el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA en sus operaciones de descuento para documentos comerciales, sobre los importes omitidos.

La boleta original para el pago de la tasa será remitida a la sede social inscripta ante la IGJ. Asimismo, también podrán emitirse desde la página web de IGJ mediante su servicio online de emisión de tasas IGJ. Las mismas pueden abonarse en cualquier sucursal del Banco Nación de la Ciudad de Buenos Aires o en las cajas de IGJ (únicamente con tarjeta de débito o cheque certificado).

Quedamos a vuestra disposición para cualquier aclaración y/o ampliación de información.