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UIF RES 117/2019 – ACTUALIZACIÓN DE UMBRALES ESTABLECIDOS EN LA NORMATIVA UIF

20.11.19

Hernán Camarero - Fernando Carrizo

El 19 de noviembre de 2019 la Unidad de Información Financiera (“UIF”) emitió la Resolución 117/2019 (la “Resolución”) con la finalidad de actualizar los montos establecidos en su normativa de acuerdo a los estándares internacionales que promueve el Grupo de Acción Financiera Internacional (“GAFI”), en el marco de la revisión de las resoluciones aplicables a los sujetos obligados listados en el Art. 20 de la Ley 25.246 y sus modificatorias.

En este sentido, la Resolución elevó los umbrales (montos) que, una vez alcanzados, imponen a los sujetos obligados:

  • Requerir al cliente una declaración jurada sobre la licitud y origen de los fondos o bienes involucrados en la operación.
  • Requerir al cliente la correspondiente documentación respaldatoria que permita establecer el origen de los fondos.
  • Contar con un sistema de auditoría interna anual que tenga por objeto verificar el cumplimiento efectivo de los procedimientos y políticas de prevención contra el Lavado de Activos y la Financiación del Terrorismo.
  • Inscribirse ante el registro de la UIF.
  • Informar la operación a través de un Reporte Sistemático Mensual.
  • Incluir al cliente en uno u otro perfil.
  • Informar la operación a través del Reporte de Transacciones en Efectivo de Alto Monto

Los Sujetos Obligados cuya normativa fue modificada por la Resolución son:

  • Las personas jurídicas que reciban donaciones o aportes de terceros.
  • Escribanos Públicos.
  • Personas físicas o jurídicas dedicadas a la compraventa de obras de arte, antigüedades u otros bienes suntuarios, inversión filatélica o numismática, o a la exportación, importación, elaboración o industrialización de joyas o bienes con metales o piedras preciosas.
  • Personas físicas o jurídicas que exploten juegos de azar.
  • Registros de la Propiedad Inmueble.
  • Clubes cuyos equipos participen de los torneos de fútbol de primera división y primera B nacional organizados por la AFA.
  • Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios y los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios.

Por otro lado, la Resolución dispuso adecuar a las restantes Resoluciones de la UIF, las disposiciones sobre personas humanas o jurídicas cuya actividad habitual sea la compraventa de motovehículos, automóviles, camiones, ómnibus, microómnibus, tractores, maquinaria agrícola y vial autopropulsados.

La Resolución está en vigencia desde el 19 de noviembre de 2019.