SE ESTABLECE PROCEDIMIENTO PARA REGISTRO DE DECLARACIONES JURADAS DE OPERACIONES DE EXPORTACIÓN DE CARNE

10.05.21

Juan Sluman - Eduardo Bellocq

Mediante disposición DNCCA 59/2021 de la Dirección Nacional de Control Agropecuario del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca del 7 de mayo de 2021, publicada el 8 de mayo de 2021 y con vigencia a partir del día siguiente a su publicación, se estableció procedimiento para registro de Declaraciones Juradas de Operaciones de Exportación de Carne (DJEC), creadas por resolución conjunta MDP-MAGP 3/2021 del 19 de abril de 2021, a efectuarse ante la referida DNCCA.

La información que se brinde a la AFIP, compartida con el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca en los términos del artículo 2 de la resolución conjunta AFIP-MH 4170/2017 del 14 de diciembre de 2017, tendrá por cumplida las DJECs, que quedará en estado “pendiente” mientras la DNCCA analice el contenido de las mismas. La DNCCA, cuando lo considere necesario, podrá requerir documentación respaldatoria a los operadores o información adicional a otros organismos públicos. De no mediar rechazo u observaciones por parte de la DNCCA dentro de las 19 horas del tercer día hábil de la fecha de oficialización, la DJEC se considerará aprobada de manera automática. En los casos en que la DNCCA detecte inconsistencias subsanables, podrá requerir al operador información o documentación respaldatoria o complementaria para su mayor análisis. De encontrarse inconsistencias insalvables en el proceso de evaluación la DJEC será rechazada por la DNCCA.

Los exportadores de carne deben ingresar al portal del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, a fin de visualizar el estado de sus DJEC. Cuando la misma se encuentre en estado aprobada, el sistema permitirá imprimir el “Certificado DJEC Aprobada”, a fin de presentar el mismo ante la Dirección General de Aduanas de la Dirección General de Ingresos Públicos para continuar el trámite de la solicitud de exportación.

📌 Por consultas puede contactarse con Juan Sluman y/o Eduardo Bellocq.

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