REUNIONES A DISTANCIA DURANTE LA ESTAPA DEL DISPO Y SUS SANCIONES - IGJ
27.11.20
Mariana Vázquez - Dolores M. Gallo - Fernando Carrizo
El 27 de noviembre fue publicada en el Boletín Oficial la Resolución General 46/2020 (la “Resolución”) de la Inspección General de Justicia (“IGJ”), la cual prorroga la admisión de reuniones del órgano de administración y gobierno a distancia de sociedades, asociaciones civiles y fundaciones y dispone sanciones a favor de las sociedades que celebren reuniones de forma presencial en contra de las disposiciones del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 875/2020.
La Resolución establece que mientras perduren las disposiciones del Poder Ejecutivo Nacional que prohíban, limiten o restrinjan la libre circulación de personas, como consecuencia del estado de emergencia sanitaria declarada por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 875/2020 que implementó la etapa denominada “Distanciamiento Social Preventivo Obligatorio” (DI.S.P.O.), y sus eventuales prórrogas, se admitirán las reuniones celebradas a distancia en los términos de la Resolución General IGJ N° 11/20202. En cuanto cesen las medidas antedichas, sólo se admitirá dicha forma de celebración de reuniones cuando sus estatutos o contratos sociales lo prevean.
La novedad de la Resolución es que a partir de su entrada en vigencia, la IGJ podrá declarar irregulares e ineficaces a las reuniones celebradas de forma presencial, en violación a las disposiciones del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 875/2020 y las posteriores normas que se dicten en su reemplazo. En consecuencia, no se podrán inscribir las resoluciones de las reuniones del órgano de administración o gobierno celebradas de forma presencial en contra del del DI.S.P.O. y la posterior normativa que se dictase en consecuencia.
Por último, la Resolución dispuso que a partir del 29 de noviembre de 2020 cesa la postergación de los procesos electorales de las asociaciones civiles dispuesta por la Resolución General IGJ N° 39/2020, debiendo realizarse (en caso de encontrarse vencidas) elección de autoridades en la primera asamblea convocada a partir de la fecha mencionada.
La Resolución entró en vigencia el 27 de noviembre de 2020.