RESOLUCIÓN GENERAL 100/2020
REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES
10.06.20
Pablo Calaza - Nicolás Rowinski - Alejandro Díaz Vatrano - Anabella Bianucci
En fecha 10 de junio de 2020, se publicó en el Boletín Oficial la Resolución 100/20 del Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores (RENATRE), con motivo del otorgamiento de una prestación extraordinaria, fijando las siguientes pautas:
- Derogación: Se deroga Resol RENATEA N° 526/15
- Prestación Extraordinaria: Se aprueba el otorgamiento de una prestación extraordinaria para trabajadores rurales que sean detectados como víctimas de la presunta comisión del delito de Trata de Personas.
- Requisitos: Para aplicar a la prestación se deberá:
- Ser Trabajador Rural comprendido en la Ley 25.191
- Haber sido relevado en la fiscalización del RENATRE, y estar registrado en el mismo.
- Ser presunta víctima de la Comisión del Delito de Trata de Personas
- Solicitud: podrá ser formulada por las Delegaciones provinciales y por la Secretaría de Fiscalización del RENATRE, presentándose el debido formulario firmado por los trabajadores y el responsable pertinente, acompañando la totalidad de la documentación que acredite la condición de víctima de Trata de Personas.
- Trámite: Deberá presentarse por ante la Subgerencia de Prestaciones por Desempleo conjuntamente con toda la documentación, quien correrá traslado a la Secretaría de Fiscalización, la cual se expedirá en lo que hace a su competencia, con remisión posterior a la agencia de desempleo, abriendo el expediente administrativo pertinente.
- Compatibilidad: No será incompatible con la Prestación por Desempleo establecida en la Ley 25.191, ni cualquier suma originada en prestaciones contributivas o no contributivas Nacionales, Provinciales, Municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, incluyendo las prestaciones de las Leyes Nº 24.013 y 24.241, ni de cualquier otra prestación de carácter asistencial.
- Gastos: Las erogaciones financieras que demande dicho proceso, se atenderán con los recursos financieros del Art.13 Ley 25.191.