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RESOLUCIÓN CNV 817/2019 – MODIFICACIONES A LA INFRAESTRUCTURA DE LOS MERCADOS

28.11.19

Mariana Vázquez y Fernando Carrizo

El 27 de noviembre de 2019 la Comisión Nacional de Valores (“CNV”) emitió la Resolución 817/2019 (la “Resolución”), por medio de la cual se incrementa el patrimonio neto mínimo de los Mercados, Cámaras Compensadores y Agentes Depositario Central de Valores Negociables y se dispone la constitución de fondos de garantía destinados a hacer frente a los incumplimientos de los Agentes.

En este sentido, la Resolución establece:

  1. Establecer el patrimonio neto mínimo en Unidades de Valor Adquisitivo (“UVA”) e incrementarlo al valor de: (a) 1.215.500 UVA para los Mercados y 10.917.500 UVA si cumplen funciones de Cámaras Compensadoras; (b) 9.702.000 UVA para las Cámaras Compensadoras; (c) 15.000.000 UVA para los Agentes Depositario Central de Valores Negociables; y (d) 7.500.000 UVA para los Agentes de Custodia Registro y Pago.
  2. Que en caso de que el patrimonio neto resulte inferior al requerido por la normativa, los Mercados, las Cámaras Compensadoras, los Agentes Depositario Central de Valores Negociables y los Agentes de Custodia Registro y Pago tendrán un plazo máximo de 10 días hábiles para adecuarlo a la normativa.
  3. La constitución de fondos de garantía con recursos propios de los Mercados y Cámaras Compensadoras y con aportes integrados por los Agentes de Liquidación y Compensación, destinados a hacer frente a incumplimientos de los Agentes en operaciones garantizadas.
  4. La Constitución de fondos de garantía adicionales para las Cámaras Compensadoras y los Mercados que cumplan funciones de Cámara Compensadora, así como también el orden de prelación para la utilización de los fondos de garantía y otros recursos en caso de incumplimiento de un Agente de Liquidación y Compensación.
  5. Que las Cámaras Compensadoras deberán constituir un Comité de Riesgo, con el objeto de evaluar y proponer mejoras a las políticas de gestión y control de riesgos al sistema.
  6. Que las Cámaras Compensadoras y los Mercados que actúen como tales deberán realizar “pruebas de tensión” con periodicidad trimestral, como mínimo, a los fines de evaluar la adecuación de sus recursos financieros, estimar sus necesidades de liquidez y conocer el volumen de pérdidas que pueden sufrir.

La Resolución registra como precedente la Resolución General 770/2018 que sometió el proyecto de resolución al procedimiento de Elaboración Participativa de Normas.

En lo que respecta a los plazos de adecuación a lo dispuesto en la Resolución, los Mercados, las Cámaras Compensadoras, los Agentes Depositario Central de Valores Negociables y los Agentes de Custodia Registro y Pago tendrán hasta el 31 de marzo de 2020 para contar con el 100% del patrimonio neto mínimo requerido.

Por último, las Cámaras Compensadoras y los Mercados que cumplan función de Cámaras Compensadoras disponen de 4 meses contados a partir de la entrada en vigencia de la Resolución para dar cumplimiento con la constitución de los fondos de garantía y hasta el 1° de abril de 2020 para constituir el Comité de Riesgo y realizar las Pruebas de Tensión.

La Resolución entró en vigencia el 28 de noviembre de 2019.