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RES. AFIP 4614/19 – RÉGIMEN INFORMATIVO - PLATAFORMAS DE GESTIÓN DIGITAL DE PROCESAMIENTO DE PAGOS

25.10.19

Hernán Camarero y/o Patricio Trench y/o Diego Fraga y/o Fernando Carrizo

El 25 de octubre de 2019 fue publicada en el Boletín Oficial la Resolución 4614/2019 (la “Resolución”) de la Administración Federal de Ingresos Públicos (“AFIP”) por medio de la cual se busca establecer medidas que garanticen la transparencia y trazabilidad en la movilización de activos a través de herramientas o aplicaciones informáticas.

En este sentido, la Resolución estableció que para las operaciones que se efectúen a partir del 1° de noviembre de 2019, los administradores de servicios de procesamiento de pagos a través de plataformas de gestión electrónica o digital residentes o domiciliados en el país deberán cumplir con un régimen de información mensual respecto de las comisiones cobradas por el servicio de gestión de pago electrónico que ofrecen, así como de las operaciones efectuadas por los vendedores, locadores y/o prestadores de servicios adheridos al mencionado sistema.

A su vez, quienes administran gestionan, controlan o procesan movimientos de activos a través de plataformas de gestión electrónicas o digitales, por cuenta y orden de personas humanas y jurídicas residentes en el país o en el exterior deberán cumplir con un régimen de información mensual y a su vez, informar:
a) La nómina de cuentas con las que se identifican a cada uno de los clientes.
b) Los montos totales en pesos argentinos de los ingresos, egresos y saldo final mensual de las cuentas indicadas.

Por último, la Resolución establece que los sujetos obligados tendrán hasta el día 15 del mes siguiente al informado para a cumplir con el régimen de información mensual y la forma para cumplir con ello.

La Resolución entrará en vigencia a partir del 26 de octubre de 2019.