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CNV RES 814/2019 – Elaboración Participativa de Normas – Fideicomisos Financieros – Programas Globales

05.11.19

Mariana Vázquez y Fernando Carrizo

El 5 de noviembre fue publicada en el Boletín Oficial la Resolución 814/2019 (la “Resolución”) de la Comisión Nacional de Valores (“CNV”), por medio de la cual se dispone la aplicación del procedimiento de “Elaboración Participativa de Normas” para que la ciudadanía colabore expresando sus opiniones y/o propuestas sobre el proyecto de adecuación de la normativa de la CNV a la regulación de los Fideicomisos Financieros establecida por la Ley de Financiamiento Productivo N° 27.440.

 

En este sentido, la resolución propone:

  • Eliminar la obligación de presentar los estados contables anuales y trimestrales antes del inicio de su actividad, para las entidades inscriptas ante la CNV que aún no hubieran comenzado a actuar.
  • Incluir la responsabilidad de los fiduciarios financieros inscriptos que intervengan en fideicomisos sin autorización de oferta pública, de advertir que el control de la CNV alcanza únicamente a los fideicomisos financieros inscriptos bajo el régimen de la oferta pública.
  • Suprimir el requerimiento (en el prospecto) de una descripción de las características generales de los bienes que podrán ser afectados al repago de cada serie de valores negociables fiduciarios que se emitan bajo el marco de los programas globales para la emisión de valores negociables fiduciarios por Fideicomisos Financieros.
  • Establecer la información que los prospectos de los programas globales para la emisión de valores negociables fiduciarios deberán contener.
  • Eliminar el deber de disponer de los informes elaborados por el Agente de Control y Revisión sobre el resultado de las tareas desarrolladas durante la vigencia del fideicomiso en las oficinas del Fiduciario.
  • Incluir la obligación de publicar los informes mensuales en la Autopista de Información Financiera (“AIF”), dentro de los primeros 15 días de cada mes y la responsabilidad del Fiduciario de informar como hecho relevante cualquier desviación significativa en dichos informes.
  • Elevar la periodicidad de presentación de los informes del órgano de fiscalización en los Fideicomisos Financieros a 3 meses.
  • Obligar a la publicación en la AIF de un informe trimestral sobre el cumplimiento del objeto del fideicomiso financiero.

Se fijó un plazo de quince (15) días hábiles a contar desde el 07/11/2019 para realizar presentaciones de opiniones y/o propuestas a través del Sitio Web www.cnv.gov.ar