PRÓRROGA DE LA PROHIBICIÓN DE DESPIDOS HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2021

28.06.21

Pablo Calaza – Nicolás Rowinski – Yamila Lombardo

Mediante el DNU 413/2021 publicado el 28 de junio de 2021 se prorrogó la prohibición de despidos sin justa causa o por falta o disminución de trabajo y fuerza mayor, hasta el 31 de diciembre de 2021. En igual fecha vencerá también la doble indemnización conforme la última prórroga dispuesta por el DNU 39/2021.

La prohibición de despidos no es aplicable a:

  • Relaciones de trabajo iniciadas luego del 13 de diciembre de 2019;
  • Sector Público Nacional;
  • Personal de la industria de la construcción.

También se prorrogó la prohibición de suspender por fuerza mayor o disminución de trabajo (salvo suspensiones con pago de contribución no remunerativa) y la presunción de que es enfermedad profesional a los efectos de la Ley de Riesgos del Trabajo cuando los empleados prestan tareas fuera de sus domicilios particulares y contraen COVID-19.

📌 Para cualquier consulta podés contactarte con: Pablo Calaza, Nicolás Rowinski  y/o Yamila Lombardo.