PRÓRROGA DE LA PROHIBICIÓN DE DESPEDIR POR 60 DÍAS

24.09.20

Pablo G. Calaza - Yamila Lombardo

El 24 de septiembre de 2020 se publicó en el Boletín Oficial el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 761/2020 que prorrogó la prohibición de despedir sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor, por el plazo de 60 días, es decir hasta el 25 de noviembre de 2020.

Asimismo, se prorrogó por igual plazo la prohibición de suspender por las causales de fuerza mayor o falta o disminución de trabajo, a excepción de las suspensiones con pago de una asignación no remunerativa homologada por la Autoridad de Aplicación (art. 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo).

Los despidos y las suspensiones que se dispongan en violación a dichas prohibiciones no producirán efecto alguno, manteniéndose vigentes las relaciones laborales existentes y sus condiciones actuales.

El DNU 761/2020 no es aplicable a los contratos de trabajo celebrados luego del 26 de septiembre de 2020.

Con esta prórroga, la prohibición de despedir y suspender acumula 240 días desde que se implementó el 31 de marzo de 2020 (mediante el DNU 329/2020, posteriormente prorrogado por los DNU 487/2020, 624/2020 y 761/2020).