Descargar adjunto

COMUNICACIÓN “A” 6799 BCRA – PERSONAS HUMANAS – COMPRA DE TÍTULOS - TRANSFERENCIA DE DIVISAS

01.10.19

Camarero, Hernán D. / Vázquez, Mariana / Carrizo, Fernando

El 1° de octubre de 2019, el Banco Central de la República Argentina (“BCRA”) emitió la Comunicación “A” 6799 (la “Comunicación”) y su aclaratoria “B” 11892, por medio de las cuales se establece un plazo mínimo de tenencia en cartera de los títulos valores adquiridos por personas humanas mediante liquidación en moneda extranjera, y se disponen obligaciones a las personas humanas que transfieran divisas a sus cuentas en el exterior.

La Comunicación estableció que los títulos valores adquiridos por personas humanas mediante liquidación en moneda extranjera, deberán permanecer en la cartera del comprador por lo menos 5 días hábiles a contar desde la fecha de liquidación de la operación antes de ser vendidos o transferidos. Salvo que la venta haya sido con liquidación en moneda extranjera en la misma jurisdicción o especie que la compra.

Por último, las personas humanas residentes podrán acceder al mercado de cambios para transferir al exterior hasta el equivalente en moneda extranjera de US$ 10.000 mensuales, siempre que tengan como destino cuentas bancarias de su titularidad en el exterior. A su vez, cuando transfieran divisas desde sus cuentas locales al exterior, deberán presentar una declaración jurada acerca de que no han vendido títulos valores con liquidación local en moneda extranjera en los últimos 5 días hábiles.

La Comunicación entró en vigencia el 01/10/2019.