PAGO DE DERECHOS DE EXPORTACIÓN DE CIERTOS HIDROCARBUROS MEDIANTE CERTIFICADOS DE CRÉDITO FISCAL POR BONO ELECTRÓNICO.

17.07.20

Juan M. Sluman y Eduardo Bellocq

Mediante resolución AFIP 4762/2020 del 16 de julio de 2020, publicada el 17 de julio de 2020 y con vigencia a partir del quinto día hábil contado desde su publicación, los certificados de crédito fiscal obtenidos en el marco del artículo 3° del Decreto N° 2.014/08 y su modificatorio, emitidos bajo la modalidad de bono electrónico, podrán aplicarse a la cancelación de derechos de exportación de las mercaderías hidrocarburíferas comprendidas en la Resolución N° 1.077/14 MEFP y en el Anexo de la Resolución N° 127/08 MEP.

Cabe recordar que por decreto 2014/2008 se creó el programa “Refinanciación Plus” destinado a incentivar la construcción de nuevas refinerías de petróleo y/o la ampliación de la capacidad de refinación de plantas existentes. Dicha norma previó en su artículo 3° el otorgamiento de incentivos fiscales para aquellas empresas que cumplan las condiciones del mencionado programa, a través de la emisión de certificados de crédito fiscal transferibles y aplicables al pago de derechos de exportación de las mercaderías hidrocarburíferas comprendidas en la resolución 394/2007, ahora reemplazado por su similar 1077/2014, y en el anexo a la resolución 127/2008 del ex Ministerio de Economía y Producción. Por su parte, la Secretaría de Energía mediante resolución 92/2020 instrumentó el mencionado certificado bajo la modalidad de bono electrónico y estableció que brindará a la Administración Federal de Ingresos Públicos la información necesaria que permita la registración y utilización de los Certificados de Crédito Fiscal otorgados, de conformidad a las pautas que indique la AFIP.

Los referidos bonos electrónicos podrán ser cedidos, a los mismos efectos previstos en la norma en comentario, por única vez y bajo las pautas que para el cedente y el cesionario prevé la resolución.

Para más información sírvase ingresar al siguiente enlace: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/232193/20200717