Nuevo régimen sancionatorio en materia de datos personales: Resolución AAIP 240/2022

06.12.22

Juan Pablo M. Cardinal-Lisandro Frene-Julieta Sarmiento Peretti-Martin Leone - Juan Aberg Cobo

El día 5/12/2022, fue publicada en el Boletín Oficial la Resolución 240/2022 (la “Resolución”) de la Agencia de Acceso a la Información Pública (“AAIP”) mediante la cual se actualiza el régimen sancionatorio por infracciones cometidas a la Ley Nacional de Protección de Datos Personales N°25.326 y a la Ley 26.951 mediante la cual se creó el Registro Nacional “NO LLAME”.

Mediante la Resolución, se derogan las Disposiciones 9 y 13 del año 2015 dictadas por la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales, las cuales contenían el régimen sancionatorio vigente hasta la fecha.

Entre las novedades de este nuevo régimen aprobado por la AAIP, se destacan: i) una nueva clasificación de infracciones, modificando los supuestos en los que se incurrirían en sanciones leves, graves y muy graves a la Ley 25.326 y la Ley 26.951; ii) aumento en la cuantía de las multas a imponer en caso de la comisión de dichas infracciones.

Asimismo, es dable destacar que el nuevo régimen sancionatorio dispone que  la recolección y el tratamiento de datos sensibles sin que medie el consentimiento del titular de los datos, razones de interés general autorizadas por ley o sean tratados con finalidades estadísticas/ científicas sin la debida anonimización será considerado una falta “muy grave”, como también, dispone que será considerada causal de atenuación de sanciones, la cooperación con la AAIP y la implementación demostrada de medidas correctivas mecanismos y procedimientos internos capaces de minimizar el daño por parte del responsable o encargado de tratamiento en el caso de haberse producido un incidente de seguridad.

Por último, el nuevo régimen mantiene la posibilidad de acumular sanciones impuestas por la AAIP hasta el tope máximo de AR$ 5.000.000 conf. Disposición AAIP 71/2016.

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