NUEVO CÓDIGO PROCESAL PARA RELACIONES DE CONSUMO EN CABA

22.03.21

Guadalupe Pozzi Santamarina - Celeste Ferrer

El 19 de Marzo pasado fue publicada la Ley CABA 6.407, que aprobó el Código Procesal para la Justicia en las Relaciones de Consumo en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El nuevo código establece una competencia amplia de la Justicia de Consumo de CABA para entender en conflictos de relaciones de consumo que de algún modo tengan punto de contacto con la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (domicilio del consumidor, del proveedor, lugar de celebración del contrato o de la entrega de bienes o prestación del servicio o de la garantía, etc.), sin incluir tope alguno al monto de los reclamos que puedan promoverse. Excepto supuestos específicos, para iniciar el proceso, consumidor, deberá acreditar el cumplimiento de una instancia previa de conciliación mediante la certificación correspondiente y estará exento del pago de tasa de justicia, costas y gastos.

Dado que los “Juzgados de Consumo” aún no han sido creados, por el momento la competencia de las demandas de consumo previstas por esta norma recaerá en los Tribunales del Fuero Contencioso y Administrativo Tributario de CABA.

En términos generales, el código prevé un proceso ordinario con plazos breves (5 días para contestar demanda, plazos generales de 3 días) y un proceso ampliado (con 15 días para contestar demanda) para supuestos específicos. También prevé procesos especiales para casos tales como las acciones meramente declarativas, acciones contra publicidad ilícita y acciones preventivas y procesos colectivos de consumo.

El Código entrará en vigencia a los 30 días desde su publicación, por lo que a partir de Mayo del corriente podrán promoverse reclamos de consumo regulados por el mismo.