NORMAS IMPOSITIVAS

05.05.20

Diego Fraga y Agustina Riggio Nifosi

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció en su página web las valuaciones fiscales al 31 de diciembre de 2019 a los fines de establecer el valor mínimo de ciertos bienes para la declaración y el ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales, plazo que vence el 17.06.2020.

La valuación de bienes publicada contempla los siguientes rubros: (i) automóviles; (ii) camiones, pick-ups, chasis c/s cabina, varios; (iii) transportes de pasajeros y motor home; (iv) motocicletas y motos (motovehículos); (v) vehículos sin especificación; y (vi) monedas extranjeras.

Por otro lado, el 5 de mayo de 2020 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución 15/2020 dictada el 28.04.2020 por la Comisión Plenaria (Convenio Multilateral del 19.08.77). Mediante dicha Resolución la Comisión estipuló que el vencimiento del plazo para realizar la presentación de la Declaración Jurada Anual (Formulario CM05) que corresponda al período fiscal 2019, operará el 30 de junio de 2020.

Asimismo dispuso que las provincias que posean un plazo de vencimiento distinto al estipulado en la Resolución 15/2020 deberán modificar su normativa para adecuarla a esta última.