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MODIFICACIÓN DEL PLAZO DE PARKING PARA VALORES NEGOCIABLES CON LIQUIDACION EN MONEDA EXTRANJERA Y EN JURISDICCION LOCAL - CNV

26.11.20

Mariana Vázquez - Hernán Camarero - Eduardo Bellocq - Fernando Carrizo

El 26 de noviembre fue publicada en el Boletín Oficial la Resolución General 871/2020 (la “Resolución”) de la Comisión Nacional de Valores que modifica el período de parking para valores negociables con liquidación en moneda extranjera y en jurisdicción local, reduciendo éste a 2 días hábiles.

La Resolución modifica el período de parking, disponiendo un plazo de 2 días hábiles para valores negociables liquidación en moneda extranjera y en jurisdicción local. En cuanto a los valores negociables con liquidación en moneda y jurisdicción extranjera, se mantiene el período de 3 días hábiles de parking para ellos. Recordamos que el plazo de parking refiere al plazo mínimo de tenencia en cartera de valores negociables, contado a partir de su acreditación.

Asimismo, se dispone un plazo de 2 días hábiles de parking para los valores negociables acreditados en el agente depositario central de valores negociables para su aplicación a la liquidación de operaciones en moneda extranjera y en jurisdicción local. Mientras que cuando fueran a ser aplicados a la liquidación de operaciones en moneda y jurisdicción extranjera el plazo de parking se mantiene en 3 días hábiles.

La Resolución estableció que en las operaciones del segmento de concurrencia de ofertas con prioridad precio tiempo de compraventa de valores negociables de renta fija nominados y pagaderos en dólares emitidos por Argentina bajo Ley local, los Agentes inscriptos deberán observar que:

  • La cantidad de valores nominales comprados con liquidación en pesos no supere la cantidad de valores nominales vendidos con liquidación en pesos durante la misma jornada y por cada subcuenta comitente.
  • La cantidad de valores nominales vendidos con liquidación en moneda extranjera y jurisdicción local o extranjera no supere la cantidad de valores nominales comprados con liquidación vendidos en dicha moneda y jurisdicción durante la misma jornada y por cada subcuenta comitente.

La Resolución entró en vigencia el 26 de noviembre de 2020.