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MAS RESTRICCIONES A FINANCIACIONES A GRANDES EXPORTADORES

16.09.20

Hernán D. Camarero y Eduardo Bellocq

El 15/9/20 el BCRA dictó la Comunicación “A” 7104 que dispone que las entidades financieras sólo podrán acordar y desembolsar nuevas financiaciones en moneda extranjera para clientes alcanzados por la definición de “Grandes empresas exportadoras” en caso de que se hubiera obtenido la previa autorización del BCRA.

Se encuentran alcanzados como “Grandes empresas exportadores” los clientes del sector privado no financiero que reúnan concurrentemente las siguientes condiciones:

  1. El importe total de sus exportaciones de bienes y servicios de los 12 meses calendario inmediatos precedentes representen al menos el 75 % de sus ventas totales –considerando el mercado interno y las exportaciones– para ese período.
  2. Mantengan un importe total de financiaciones alcanzadas en pesos en el conjunto del sistema financiero que supere AR$1.500.000.000 y realicen pases o cauciones bursátiles tomadas –en pesos y/o en moneda extranjera– cualquiera sea su importe.