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INCREMENTO DE LA TASA DE INTERÉS EN JUICIOS LABORALES

04.08.14

Zabalúa, Gonzalo

Recientemente la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, por medio del acta interna N° 2601, dispuso modificar la tasa de interés que venía aplicando para los juicios laborales que tramitan en el ámbito de la Capital Federal desde al año 2002 (tasa activa para operaciones de descuento a treinta días de Banco Nación). Determinó que la tasa de interés aplicable sea la Tasa Nominal anual para préstamos personales libre destino del Banco Nación para un plazo de 49 a 60 meses y que dicha tasa comience a regir desde que cada suma es debida respecto de las causas que se encuentran iniciadas y sin sentencia.

Los camaristas consideraron que: “(…) el empleado no es un prestamista forzoso, por lo que no podría ver reducido su crédito como consecuencia de los acontecimientos económicos (…)”. En consecuencia, entendieron que la tasa activa (que en Septiembre del año 2013 era de 1,55% mensual y luego en Febrero del 2014 fue elevada a 2.05% mensual) era insuficiente a los fines de mantener el poder adquisitivo del crédito laboral.

La nueva tasa vigente (la tasa Nominal anual para préstamos personales libre destino del Banco Nación para un plazo de 49 a 60 meses) actualmente prevé un interés mensual del 3%, siendo el interés anual un 36%.

Dicha tasa se aplicará a todos los reclamos laborales que se inicien en el futuro, más allá de que la suma reclamada tenga origen con anterioridad al dictado del acta 2601. También se aplicará a todos los juicios laborales iniciados en fecha previa al dictado del acta, que se encontraren sin sentencia.

Consecuentemente, este aumento en la tasa de interés de referencia, tendrá un impacto relevante en la valorización de los pasivos y contingencias laborales de las empresas que deriven de litigios laborales en trámite ante la Justicia Nacional del Trabajo de la Capital Federal.