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CNV RES 805/2019 – IMPLEMENTACION DEL SISTEMA DE TRÁMITES A DISTANCIA

12.08.19

Vázquez, Mariana

El 12 de agosto fue publicada en el Boletín Oficial la Resolución 805/2019 (la “Resolución”) de la Comisión Nacional de Valores (“CNV”), por medio de la cual se dispone comenzar a adecuar el marco normativo para la implementación gradual del sistema de Trámites a Distancia (TAD), aplicando éste a los trámites de carácter público de baja complejidad y volumen.

La Resolución se dicta en el marco de lo previsto por los Decretos 434/2016, 561/2016 y 1063/2016 que aprobaron el Plan de Modernización del Estado, la implementación del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) y la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD), como medio de interacción del ciudadano con la administración, a través de la recepción y remisión por medios electrónicos de presentaciones, solicitudes, escritos, notificaciones y comunicaciones, entre otros; y la necesidad de adecuar el marco normativo de la CNV reflejando los avances de las tecnologías de información y comunicación (TICs).

En este sentido, se incorpora como Sección III del Título XVI de las Normas el listado de aquellos trámites que podrán iniciarse y diligenciarse a través de la plataforma TAD del GDE, en los términos establecidos por la Resolución de la Secretaría de Modernización Administrativa Nº 90-E/2017, que compila en una sola resolución, todos los Términos y Condiciones de Uso de Trámites a Distancia y el Reglamento de uso del sistema de Gestión Documental Electrónica.

Los trámites incorporados por la Resolución son los siguientes:

a) Instituciones educativas: programas para eximir examen idóneo CNV;
b) Examen de idóneos: reimputación de pago;
c) Habilitación de credencial de firmante Autopista de la Información Financiera (AIF);
d) Autorización de medios computarizados: Fondos Comunes de Inversión;
e) Autorización medios ópticos: depósito de acciones y Registro asistencia a asambleas;
f) Temas jurídicos específicos de control societario;
g) Consultas sobre temas contables específicos;
h) Solicitud de prórroga de presentación de estados contables;
i) Autorización de medios ópticos para libros contables de emisoras de acciones, obligaciones negociables, y valores a corto plazo; y
j) Consultas en materia de control de calidad de las auditorías externas.

La Resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.