IGJ - RESOLUCIÓN GENERAL 12/2018 – SIMPLES ASOCIACIONES
02.01.19
Dolores Gallo / Mariana Vázquez
Mediante Resolución General 12/2018 de la Inspección General de Justicia (“IGJ”) publicada el 2 de enero de 2019 en el Boletín Oficial, se ha reglamentado la constitución de Simples Asociaciones cuyo objeto sea el fomento y atención de los derechos de personas mayores, niños y demás grupos vulnerables, conforme a lo establecido en el artículo 6° de la Resolución I.G.J. 7/15.
Recordemos que conforme al Art. 187 del Código Civil y Comercial de la Nación las Simples Asociaciones deben constituirse mediante instrumento público o instrumento privado con las firmas de los constituyentes certificados notarialmente.
Atento a que la certificación notarial de firmas o bien la escritura pública, puede resultar excesivamente gravosa, la IGJ ha reglamentado su constitución mediante instrumento público otorgado ante funcionario público.
A estos efectos, el Registro Voluntario de Asociaciones Civiles – creado mediante la Resolución IGJ 7/2017- regulará la modalidad, lugar, días y horarios de atención para la celebración del acto constitutivo de las Simples Asociaciones descriptas, asegurando la gratuidad del procedimiento.
Por su parte, en atención a la existencia de numerosas asociaciones civiles autorizadas a funcionar como tales, a las que les resultan excesivamente gravosas las obligaciones que la ley y la normativa vigente les imponen, la Resolución de la IGJ ha establecido que las asociaciones civiles con el objeto descripto podrán optar por su transformación en Simples Asociaciones, siempre que dicha decisión sea adoptada en forma unánime y la entidad no resulte titular de bienes registrables, procedimiento que será oportunamente reglamentado.
La Resolución entrará en vigencia el día 2 de enero del corriente año.