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FIRMA DIGITAL – NUEVA NORMA - RES 116-E/2017

20.12.17

Leone, Martín / Frene, Lisandro

En el día de hoy fue publicada en el Boletín Oficial la RESOLUCIÓN 116-E/2017 de la Secretaría de Modernización Administrativa dependiente del Ministerio de Modernización, por medio de la cual se modifican los requisitos para obtener la firma digital prevista por la ley Nº 25.506 y –específicamente- en la resolución 399-E/2016 del Ministerio de Modernización. Dentro de esta nueva normativa, se destaca que:

(i) A partir del 1º de febrero de 2018 los certificadores licenciados y sus autoridades de registro, deberán capturar la fotografía digital del rostro y la huella dactilar de los solicitantes y suscriptores de certificados de firma digital.

(ii) La posibilidad de realizar auditorías o inspecciones a los certificadores licenciados (encargados de emitir el certificado de firma digital) a fin de controlar que cumplan con los requisitos de solicitar la fotografía digital del rostro y la huella dactilar de los solicitantes de certificados de firma digital. Las auditorias e inspecciones estarán a cargo de la Sindicatura General de la Nación o la Autoridad de Aplicación.

Como antecedente corresponde tener presente que la Resolución 399/2016 del Ministerio de Modernización estableció (en línea con la Dec Adm. JGM 827/2014) requisitos para la certificación de la firma digital, y particularmente en su artículo 32 requiere la presencia física del solicitante ante el certificador licenciado como condición ineludible para el cumplimiento de los trámites necesarios para la emisión del correspondiente certificado de firma digital.

En definitiva, la nueva norma aumenta los requisitos para obtener el certificado de firma digital por parte de los solicitantes, agregando requisitos nuevos para su tramitación. A su vez, la mayor estrictez para la obtención del certificado de firma digital otorgará más seguridad a la hora de su utilización.