EXTENSIÓN DE LA PROHIBICIÓN DE DESPIDOS SIN CAUSA Y SUSPENSIONES POR FUERZA MAYOR O CAUSAS ECONÓMICAS

16.11.20

Pablo Calaza - Nicolás Rowinski - Alejandro Díaz Vatrano

En fecha 16 de noviembre de 2020 fue publicado en el Boletín Oficial el Decreto de Necesidad y Urgencia número 891/2020 (en adelante “el decreto”) dictado por el presidente de la Nación en acuerdo general de ministros el cual dispone la prórroga de las siguientes medidas por el plazo de 60 días:

  • Prohibición de despidos sin justa causa o por causales de falta o disminución de trabajo o fuerza mayor. Se prorroga la prohibición por 60 días a contar desde el vencimiento de la vigencia del decreto anterior;
  • Prohibición de suspensiones por falta o disminución de trabajo o por fuerza mayor. Se prorroga la prohibición por 60 días a contar desde el vencimiento de la vigencia del decreto anterior. Quedan exceptuadas las suspensiones pactadas en los términos del artículo 223 bis de la ley de contrato de trabajo.

Se establece que en caso de realizarse algunas de las medidas prohibidas, las mismas no producirán efecto jurídico alguno, manteniéndose vigentes las relaciones laborales en las circunstancias anteriores al dictado de tales medidas.

Por su parte, se establece que las prohibiciones detalladas no son aplicables para las relaciones laborales iniciadas con posterioridad a la vigencia del decreto.

Por último, se excluye expresamente de las prohibiciones contenidas en el decreto al sector publico nacional en los alcances definidos en el Artículo 8 de la ley 24.156.