RESOLUCIÓN CNV 798/2019 - EXCEPCIONES A LAS PROHIBICIONES DE INVERSIÓN DE LOS FCI

25.06.19

Vázquez, Mariana / Carrizo, Fernando

El 25 de junio fue publicada en el Boletín Oficial la Resolución General 798/2019 de la Comisión Nacional de Valores (la “Resolución”) mediante la cual se regulan las excepciones a la prohibición de las Sociedades Gerentes y Depositarias de fondos comunes de inversión (“FCI”) de invertir el patrimonio del FCI en valores negociables y/o instrumentos financieros, en los cuales la Sociedad Gerente, la Sociedad Depositaria u otra Sociedad del Grupo Económico actúe como Agente de Liquidación y Compensación y/o Agente de Negociación.

En este sentido, la Resolución establece como excepciones a la prohibición antes referida:

(i) la inversión en valores negociables emitidos por la Sociedad Depositaria y/o por cualquier sociedad perteneciente al mismo grupo económico, en tanto no pertenecieran al mismo grupo económico de la Sociedad Gerente;
(ii) la inversión en valores negociables respecto de los cuales la Sociedad Depositaria y/o cualquier entidad perteneciente al mismo grupo económico actúe como Agente de Liquidación y Compensación y/o Agente de Negociación, en tanto no pertenecieran al mismo grupo económico de la Sociedad Gerente;
(iii) la inversión en valores negociables mediante el proceso de colocación primaria;
(iv) la inversión en valores negociables, no susceptibles de ser adquiridos mediante el proceso de colocación primaria, cuando sean ofrecidos por primera vez para su negociación en los mercados autorizados.

Asimismo, en función a la modificación al artículo 17 de la Ley N° 24.083 que estableció el deber de depositar las sumas no invertidas pertenecientes al FCI en entidades financieras autorizadas por el BCRA, distintas a la Sociedad Depositaria del Fondo en cuestión, la Resolución prevé expresamente que solo podrán utilizarse aquellas cuentas abiertas en la Sociedad Depositaria que funcionen como cuentas recaudadoras del resultante de las operaciones concertadas o con fines transaccionales, para el cumplimiento de las funciones propias de los órganos del fondo, incluyendo el pago de honorarios, comisiones y gastos.

La Resolución registra como precedente la Resolución General 787/2018 que sometió el proyecto de resolución al procedimiento de Elaboración Participativa de Normas.

La Resolución entrará en vigencia el 26 de junio de 2019.