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ENACOM AUTORIZA UNA SUBA DE PRECIOS PARA LOS LICENCIATARIOS QUE PRESTEN SERVICIOS DE ACCESO A INTERNET, TELEFONÍA FIJA Y MÓVIL

21.12.20

Damián Navarro - Sofía Grassi

El día 21 de diciembre se publicó la Resolución ENACOM N° 1466/2020, por medio de la cual el ente autorizó a los licenciatarios de Servicios TIC a un incremento del valor de sus precios minoristas, hasta un CINCO POR CIENTO (5%) para el mes de enero de 2021, tomando como referencia los precios vigentes al 31 de julio del 2020. Los servicios que se encuentran alcanzados son los servicios de Acceso a Internet, de Radiodifusión por Suscripción mediante vínculo físico, radioeléctrico o satelital; Servicio de Telefonía Fija y de Comunicaciones Móviles.

Asimismo, aquellos licenciatarios que posean menos de CIEN MIL (100.000) accesos y siempre que no hubieran aplicado aumentos a cualquiera de sus planes y servicios durante el año 2020, el incremento puede llegar hasta el OCHO POR CIENTO (8%), a partir del mes de enero del 2021.

En el caso de que cualquier licenciataria pretenda un incremento mayor al porcentaje establecido, deberá realizar una petición particular de manera excepcionar y fundarse con documentación fehaciente, de conformidad con el marco regulatorio del artículo 48 de la Ley N° 27.078.

Por otro lado, se dispone que las licenciatarias de Servicios TIC deberán notificar a ENACOM -mediante la plataforma de TRÁMITES A DISTANCIA- las variaciones de precios minoristas que decidan efectuar sobre sus planes, precios y condiciones comerciales vigentes, con una anticipación de SESENTA (60) días previos a la implementación.

En último término, se estableció como disposición transitoria que, la primera variación de precios minoristas, pueda ser notificado al ENACOM con una antelación de DIEZ (10) días corridos desde la publicación de la Resolución.