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COVID-19 – RESTRICCIONES PARA CONTADO CON LIQUIDACIÓN PARA BENEFICIARIOS DEL SALARIO COMPLEMENTARIO.

27.05.20

Mariana Vázquez - Hernán D. Camarero - Eduardo Bellocq - Fernando Carrizo

El 26 de mayo de 2020 el MAE emitió el Comunicado 11211 por el que informó que los Agentes de Negociación (AN) y Agentes de Liquidación y Compensación (ALYC) deberán solicitar a sus clientes previo, cumplimiento de la instrucción de adquisición de títulos valores en pesos para su posterior e inmediata venta en moneda extranjera o transferencias de los mismos a entidades depositarias del exterior, la presentación de una declaración jurada del titular que manifieste que no resulta beneficiario como empleador del salario complementario establecido en el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y a la Producción (ATP), creado por el Decreto 332/20. Asimismo, se deberá incluir en la declaración jurada que la persona no se encuentra alcanzada por ninguna restricción legal o reglamentaria para efectuar las operaciones y/o transferencias mencionadas.