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COVID – 19 -RESOLUCIÓN N° 174/2020

MINISTERIO DE TRABAJO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES INFRACCIÓN POR SUSPENSIONES Y DESPIDOS DNU 329/2020

19.05.20

Pablo Calaza - Nicolás Rowinski - Alejandro Díaz Vatrano - Anabella Bianucci

En fecha 19 de mayo de 2020 el Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires  dictó la Resolución N° 174/2020 mediante la cual determinó que la violación por parte de los empleadores a la prohibición de despedir trabajadores/as sin causa o por falta o disminución de trabajo o fuerza mayor, como así también la prohibición a efectuar suspensiones por las causales de fuerza mayor o falta o disminución de trabajo – con excepción de las suspensiones efectuadas en los términos del art. 223 bis LCT – (estipulada en los arts. 2 y 3 del DNU 329/20 y arts. 2 y 3 DNU 487/20 vigentes desde el 31 de marzo de 2020 al 31 de julio de 2020), será considerada una infracción grave en los términos del Pacto Federal del Trabajo.

En efecto, la autoridad del trabajo podrá sancionar a los empleadores/ras con hasta una multa del treinta por ciento (30%) al doscientos por ciento (200%) del valor mensual del Salario Mínimo, Vital y Móvil vigente al momento de la constatación de la infracción, por cada trabajador/a afectado/a.