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COVID – 19 RESOLUCIÓN 40/2020 - SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO

30.04.20

Pablo Calaza - Nicolás Rowinski - Alejandro Díaz Vatrano

El 30 de abril se publicó en el Boletín Oficial la resolución 40/2020 de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (“SRT”) (la “Resolución”), con vigencia a partir de la misma fecha, por la cual, en el marco de la emergencia pública sanitaria dispuesta y el aislamiento social, preventivo y obligatorio, y con carácter provisorio hasta tanto se implemente en forma definitiva la MESA DE ENTRADAS VIRTUAL de la SRT se dispuso:

 

  1. Los trabajadores damnificados o sus derechohabientes podrán llevar a cabo las siguientes presentaciones de los trámites ante la Comisión Médica Central y las Comisiones Médicas Jurisdiccionales a través del módulo “Trámites a Distancia” (TAD) del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE): a) Carácter Profesional del coronavirus COVID-19, D.N.U Nº 367 y Resolución S.R.T. Nº 38, y b) Divergencia en las Prestaciones, Resolución S.R.T. Nº 179. c) Divergencia en el Alta, Resoluciones S.R.T. Nº 1.838.
  2. Para el supuesto de audiencias de examen médico de ciertos trámites previstos en la Resolución, cuando las circunstancias del caso así debidamente lo justifiquen, deberán ser citadas dentro de la excepción prevista en el artículo 6°, inciso 6, del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297/20.
  3. Los/las trabajadores/as damnificados/as o sus derechohabientes que lleven a cabo presentaciones ante la SRT, deberán constituir un domicilio electrónico.
  4. Se aprueba el protocolo para la celebración de audiencias ante el servicio de homologación en el ámbito de las comisiones médicas jurisdiccionales en forma virtual.
  5. Se faculta a la Gerencia de Administración de Comisiones Médicas para ampliar los trámites previstos en la Resolución y a la Gerencia Técnica de la SRT para ampliar las presentaciones ciudadanas habilitadas a través del módulo TAD del Sistema de GDE.