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COVID – 19 - PRÓRROGA DE LOS PLAZOS PARA ADHERIR AL CRÉDITO TASA CERO

29.06.20

Diego N. Fraga y Agustina Riggio Nifosi

El 29 de junio de 2020 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución General Nº 4748/2020 emitida por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), y con vigencia a partir de la misma fecha, por la cual se extiende el plazo para el otorgamiento del beneficio “Crédito a Tasa Cero” a pequeños contribuyentes y trabajadores autónomos, hasta el día 31 de julio de 2020, inclusive.

Por otro lado, se estableció que la entidad bancaria cancelará los Volantes Electrónicos de Pago (VEP) dentro de los 3 días hábiles siguientes a su emisión, correspondientes al monto equivalente a la obligación del período fiscal que corresponda al efectuarse el desembolso de cada cuota del crédito, según el siguiente detalle:

a) Pequeños Contribuyentes:

Créditos otorgados cuyo primer desembolso ocurra en el mes de:

  • mayo de 2020, se cancelarán los períodos fiscales junio, julio y agosto de 2020;
  • junio de 2020, se cancelarán los períodos fiscales julio, agosto y septiembre de 2020;
  • julio de 2020, se cancelarán los períodos fiscales agosto, septiembre y octubre de 2020;
  • agosto de 2020, se cancelarán los períodos fiscales septiembre, octubre y noviembre de 2020.

b) Trabajadores Autónomos:

Créditos otorgados cuyo primer desembolso ocurra en el mes de:

  • mayo de 2020, se cancelarán los períodos fiscales mayo, junio y julio de 2020;
  • junio de 2020, se cancelarán los períodos fiscales junio, julio y agosto de 2020;
  • julio de 2020, se cancelarán los períodos fiscales julio, agosto y septiembre de 2020;
  • agosto de 2020, se cancelarán los períodos fiscales agosto, septiembre y octubre de 2020.