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COVID – 19 - NOVEDADES IMPOSITIVAS

04.09.20

El 4 de septiembre de 2020 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución General Nº 4810/2020, de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), mediante el cual se dispuso que los representantes legales de las personas jurídicas comprendidas en la Resolución General Nº 2337, a los fines de obtener la CUIT, deberán presentar la documentación a través del servicio “Presentaciones Digitales”, en la página web del organismo.

Del mismo modo se podrán realizar aquellas presentaciones correspondientes a la modificación de los datos de las personas jurídicas, sin necesidad de concurrir a las dependencias de la AFIP.