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COVID – 19 - INAES Resolución 146/2020 – AUTORIZACIÓN A CELEBRAR REUNIONES A DISTANCIA

28.04.20

Mariana Vázquez - Dolores M. Gallo - Matías Barroca

El 28 de abril fue publicada en el Boletín Oficial la Resolución 146/2020 (la “Resolución”) del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (“INAES”), por medio de la cual se establece que las entidades mutuales y cooperativas podrán celebrar reuniones a distancia de sus órganos directivos y de control durante todo el periodo en que se prohíba, limite o restrinja la libre circulación de las personas en general como consecuencia del estado de emergencia sanitaria en virtud del Decreto de Necesidad y Urgencia 297/2020 (“DNU 297/2020”) y normas sucesivas del Poder Ejecutivo Nacional, eximiéndose así de la concurrencia física de los integrantes de dichos órganos exigida por la Resolución 3256/2019 del INAES.

En este sentido, se recuerda que por medio de la Resolución 145/2020 publicada el 24 de abril, el INAES postergó la convocatoria y realización de asambleas mientras dure la situación de emergencia declarada por el DNU 297/2020 y las medidas que en su consecuencia se dicten, que impidan el normal funcionamiento institucional de las cooperativas y mutuales.

La Resolución entrará en vigencia el 29 de abril de 2020.