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COVID – 19 DNU 624/2020

PRÓRROGA DE PROHIBICIÓN DE DESPIDOS

29.07.20

Pablo Calaza - Nicolás Rowinski - Alejandro Díaz Vatrano - Anabella Bianucci

El 29 de julio de 2020 se publicó en el Boletín Oficial el Decreto de Necesidad y Urgencia 624/2020, con vigencia a partir de la misma fecha, en donde se prorroga por el plazo de sesenta (60) días, la prohibición de despidos sin justa causa o suspensiones por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor.

El plazo de la prórroga a la prohibición de efectuar despidos sin justa causa y/o fuerza mayor y/o falta o disminución de trabajo, así como también las suspensiones por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor se contará a partir del vencimiento del plazo establecido por el Decreto N° 487/20.

Quedarán exceptuadas de esta prohibición las suspensiones efectuadas en los términos del artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo.

Los despidos y las suspensiones que se dispongan en violación de lo dispuesto, no producirán efecto alguno, manteniéndose vigentes las relaciones laborales existentes y sus condiciones actuales.

El decreto no será aplicable a las contrataciones celebradas con posterioridad a su entrada en vigencia. Asimismo, tampoco serán de aplicación en el ámbito del Sector Público Nacional.