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COVID – 19 – CNV – AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE EECC DE PyMES CNV

30.04.20

Mariana Vázquez - Natalia Artmann - Fernando Carrizo

El 30 de abril fue publicada en el Boletín Oficial la Resolución General 837/2020 (la “Resolución”) de la Comisión Nacional de Valores (“CNV”) que, a través de la incorporación del artículo 5° del Capítulo XII del Título XVIII de las NORMAS establece que los estados contables de las Pequeñas y Medianas Empresas (PyMES CNV) comprendidas en el régimen “PYME CNV GARANTIZADA” deberán publicar en la Autopista de la Información Financiera (AIF) los estados contables anuales con cierre el 31 de diciembre de 2019, dentro de los ciento cuarenta (140) días corridos de cerrado el ejercicio.

Recordemos que conforme las Resoluciones Generales N° 832 y Nº 834, la CNV resolvió prorrogar los plazos de presentación de los Estados Financieros de las entidades que se encuentren registradas ante la CNV por sus actividades vinculadas al mercado de capitales, correspondientes a los períodos anuales con cierre el 31 de enero de 2020, el 29 de febrero de 2020 y el 31 de marzo de 2020, e intermedios con cierre el 29 de febrero de 2020 y el 31 de marzo de 2020.

La Resolución entrará en vigencia el 1 de mayo de 2020.